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Transferencias de Fondos Interbancarios en el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (SLBTR) del Banco Central de Venezuela (BCV)
Informamos a todos los clientes que a partir del 08/10/2010 las normas que rigen la Liquidación de las Transferencias de Fondos Interbancarios en el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (SLBTR) del Banco Central de Venezuela (BCV), según resolución publicada por el BCV en la Gaceta Oficial Nº 39.494 del 24/08/2010, son las siguientes:
- Las solicitudes de transferencias por cuenta propia de nuestros clientes, iguales o superiores a quinientos mil Bolívares con un céntimo (Bs. F 500.000,01) se procesarán mediante el nuevo Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (SLBTR). En este sentido las operaciones bancarias realizadas a través de este nuevo sistema serán acreditadas en tiempo real al beneficiario indicado, siempre y cuando el cliente ordenante disponga de los fondos en su cuenta que desea transferir.
- Las solicitudes de transferencias por cuenta propia de nuestros clientes, iguales o inferiores a quinientos mil Bolívares sin céntimo (Bs. F 500.000,00) se procesarán a través de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE).

