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Crédito Hipotecario con Recursos FAOV

 

Recursos (FAOV) Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda

 

Créditos destinados a la adquisición de vivienda principal, financiados conforme a la ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat dirigido a personas naturales: venezolanos o extranjeros que hayan adquirido legalmente su residencia, tal y como se establece en las Gacetas Oficiales N°:

 

39.716 de fecha 19/07/2011

 

39.751 de fecha 06/09/2011

 

39.763 de fecha 22/09/2011

 

39.775 de fecha 10/10/2011

 

39.969 de fecha 20/07/2012

 

 

Características

 

  • Para optar a un financiamiento para la adquisición de una vivienda principal el / los solicitante (s) no debe (n) haber recibido durante los últimos cinco (5) años un préstamo hipotecario con recursos regulados por las leyes en materia de vivienda y hábitat.
  • El préstamo hipotecario concedido conforme a lo establecido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, será el que se otorgue a: hasta tres (3) solicitantes solteros, viudos o divorciados miembros de una misma familia con parentesco entre ellos hasta cuarto grado de consaguinidad y segundo de afinidad que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
  • Una comunidad de cónyuges y un (1) familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
  • Los créditos se otorgan en función del ingreso integral anual familiar. (En el cálculo de dicho ingreso, no se considerarán los cupones, tickets o tarjetas de alimentación)
  • Financiamiento hasta el 100% del monto menor entre el precio de venta y avalúo del inmueble sujeto a la capacidad de pago y porcentaje de la cuota inicial establecida en Ley vigente
  • Las cuotas mensuales máximas para el pago de préstamos hipotecarios no superarán el 35% del ingreso familiar
  • Hipoteca de 1er grado a favor de Banavih
  • Gastos administrativos del 0,5% sobre el monto de crédito otorgado
  • Subsidio directo habitacional, de acuerdo al ingreso integral anual familiar
  • Tasa de Interés Social, establecida por el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat
  • Amortización de capital desde la primera cuota
  • Plazo de financiamiento hasta 30 años
  • El monto máximo a financiar no se excederá la cantidad de Bs. 300.000,00

 

Beneficios

  • Domiciliación de pago para su comodidad
  • Excelente referencia bancaria
  • Movilización del préstamo a través de una Cuenta en el Banco del Tesoro, C.A. Banco Universal
  • Acceso a nuevos productos y servicios del Banco del Tesoro, C.A. Banco Universal
  • Atención Personalizada de nuestros ejecutivos

 

Descargue:

 

Requisitos Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda

Planilla de solicitud

Carta de Compromiso de suministro de información veraz y confiable

Carta de Compromiso de pago del saldo del precio de venta a los vendedores

Carta de Compromiso de continuar efectuando aportes al FAOV (solicitado por BANAVIH)

Carta de excepción de reponsabilidad Compra y Venta

Declaración Jurada de No Poseer Vivienda

Amortización a Capital

Cancelación Total de Créditos Hipotecarios

Requisitos para Liberaciones y Borradores de Liberación

Solicitud de Borrador de Liberación de Hipoteca

 

 

Contáctenos:

 

Si desea conocer más detalles sobre los productos y servicios visite nuestra red de oficinas y taquillas bancarias o comuníquese con nuestro centro de atención telefónica al 0 800 BANCA 00 (0800 22622 00) opción 3.